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DGII: Aactualiza los umbrales o topes con los cuales pueden inmuebles, vehículos, prendas y otros bienes

 


La Dirección General de Impuestos (DGII) actualizó los umbrales o topes con los cuales se pueden saldar o hacer abonos en efectivo para la adquisición de bienes inmuebles, vehículos, prendas y otros bienes.

Estos umbrales fueron ajustados en base a la resolución del Comité Nacional Contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, CONCLAFIT-2025-01.

En ese sentido, quedan sujetos a estos nuevos umbrales los trámites relacionados con vehículos de motor y remolques establecidos en la Norma General núm.  06-2022 que regula la exigibilidad de la constancia fehaciente de pago por parte de la Dirección General de Impuestos Internos en dichos procesos; así como también en lo relativo a la obligatoriedad de detallar los pagos realizados y pagos pendientes en los actos traslativo de propiedad inmobiliaria, en el marco del proceso de emisión de autorizaciones de pago de impuestos en transferencias y descargos inmobiliarios, conforme a lo dispuesto en el Aviso Núm. 07-2025 emitido por esta DGII. 

Estos umbrales deberán ser observados por las personas físicas y jurídicas que realicen actos u operaciones sujetos a los referidos limites, así como también por los notarios públicos; quienes, de conformidad con la Norma General Núm. 07-2022, están obligados a exigir la constancia fehaciente de pago cuando intervengan en algunos de estos actos u operaciones. 

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