La pieza legislativa considera delito el hecho de prescribir, suministrar, administrar, ofrecer o facilitar sustancias prohibidas para aumentar el rendimiento físico de una persona.
Este acto será sancionado con penas de dos a tres años de prisión menor y multas de entre nueve y quince salarios mínimos del sector público.

Sin embargo, el castigo aumenta considerablemente cuando el dopaje ocurre bajo ciertas condiciones. En esos casos, la sanción sube de cinco a diez años de prisión mayor y multas más elevadas.
Entre las agravantes figuran:
- Si ponen en peligro la salud o vida de una persona
- Si la víctima es niño, niña o adolescente
- Si se utilizó engaño, intimidación o coacción
- Si la victima tiene una discapacidad o tiene algunas condiciones de vulnerabilidad
- Si el responsable se valió de su posición laboral o contractual para inducir al dopaje
- Si se suministraron medicamentos no aptos para el consumo humano.
Además, cuando la sustancia es utilizada como medio para cometer otros delitos, como agresiones físicas o sexuales, o para inducir a la víctima a realizar transacciones económicas en su perjuicio, la pena puede alcanzar de diez a veinte años de prisión mayor y multas de hasta treinta
Este nuevo Código Penal forma parte de un conjunto de medidas que buscan fortalecer la protección de la integridad física y mental de las personas, especialmente de los grupos más vulnerables, y poder combatir el uso indebido de sustancias en diferentes ámbitos.
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