En el proyecto de Ley de Eficiencia Energética, que busca promover el uso racional de la energía en el país, se establecen medidas fiscales, técnicas y regulatorias para ese fin.
Uno de los puntos más destacables es la disposición de un incremento en los gravámenes de aduanas.
Según el artículo 23 de la iniciativa, todo equipo o dispositivo cuya eficiencia esté por encima del mínimo establecido en el reglamento -que se redactará cuando la ley se apruebe totalmente- será gravado con un recargo adicional del 50 % sobre los impuestos aduanales.
El artículo no detalla ejemplos específicos, pero el presidente de la comisión permanente de energía de la Cámara de Diputados, Oscar Morel, citó como ejemplo los siguientes equipos que entrarían dentro del rango de «ineficientes»:
Aires acondicionados de alto rendimiento
Refrigeradores con tecnologías obsoletas
Bombillos incandescentes o fluorescentes sin tecnología eficiente
Otros equipos eléctricos con altos niveles de consumo por unidad de uso
Aunque el artículo 23 de la pieza aumenta impuestos a los equipos que sobrecarguen el consumo de energía eléctrica, el artículo 43 establece una reducción del 50 % de los impuestos aduanales para equipos eficientes de iluminación, refrigeración, climatización y bombeo, siempre que estén incluidos en la lista del reglamento.
Social Buttons